miércoles, 8 de enero de 2014

¿QUÉ HAGO PARA TRASPASAR MI CASA / DEPARTAMENTO O PARA COMPRAR UN TRASPASO?


Si estás leyendo este artículo es porque seguramente te ubicas en cualesquiera de estos dos escenarios: deseas traspasar tu casa o departamento adquirido por medio de un crédito que no has terminado de pagar o, deseas adquirir un traspaso por la "oportunidad" que representa comprar un inmueble a un precio menor al del mercado, el cual irás pagando poco a poco.
 
Pues bien, ya ubicados en el tema te informo que es posible llevar a cabo un traspaso, sin embargo, es importante realizarlo con extremos cuidados, de manera legal y segura, no es bueno intentar irse por el camino fácil para evitar trámites, pues esto traerá como consecuencia riesgos importantes para el que vende así como para el que compra el traspaso. 
 
El traspaso es "una operación por medio de la cual se adquiere un bien inmueble (casa o departamento), sobre el cual se encuentra constituida una hipoteca que garantiza un crédito otorgado a favor de quien pretende vender". Comúnmente se les llama "compraventa con cesión de deuda".
 
Para llevar a cabo una operación de traspaso, es indispensable que contactes a un especialista como un Servidor o un Notario Público, quienes te indicaremos los pasos que debes seguir ante la institución financiera que otorgó el crédito, así como los alcances legales del crédito contratado.
 
Intentar realizar este tipo de operación sin la asesoría y supervisión de un especialista, trae aparejado un riesgo para ambas partes, pues regularmente hacen un contrato privado sujeto al cumplimiento de condiciones, que no se encuentra reconocido por la institución otorgante del crédito. Algunos de los riesgos son:
 
1) Para quien vende: el vendedor piensa que el adquirente continuará pagando la deuda, pero ¿Qué sucede si no lo hace? Pues el responsable ante la Institución de Crédito continua siendo el vendedor, a él, la institución de crédito exigirá el pago del crédito, los intereses generados y, en su caso la penalidad moratoria. Por otro lado el vendedor, al traspasar la propiedad pierde la posesión del bien inmueble, de forma que, si más adelante la persona que compró decide vender, lo hará usando el nombre del titular del crédito, quedando éste como responsable de dicha operación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien puede exigirle la exhibición de la declaración correspondiente.
 
2) Para quien compra: el comprador arriesga su patrimonio, pues el propietario presumiblemente sigue siendo la persona que obtuvo el crédito ante la Institución Financiera y que se encuentra registrado ante el Registro Público de la Propiedad. Además, estarás pagando la deuda a nombre de otra persona, es decir, esos pagos no le generan un buen historial crediticio al que los realiza, sino al titular del crédito. En un caso extremo puede darse el caso que el titular del crédito decida vender nuevamente a otra persona, sin que exista ningún problema.
 
3) Para ambos: por regla general, si la institución crediticia se entera que se llevó a cabo el traspaso sin su consentimiento y fuera de la Ley, podría aplicar la cláusula que establece que debe exigir la totalidad del pago del adeudo, así como las penas adicionales contenidas en el contrato de crédito.
 
Deseo que lo anterior pueda ayudarte a concluir la negociación de tu traspaso de forma segura y legal.
 
 
 
 
 
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario