1. Impuesto Sobre Adquisión de Inmuebles.
2. Derechos por la expedición del Certificado de Usos del Suelo Permitidos.
3. Derechos por la expedición de Constancias de No Adeudo de predio y agua.
4. Derechos por el registro de la escritura ante el Registro Público de la Propiedad.
El porcentaje a condonar dependerá del valor del inmueble, como se muestra a continuación
* Cuando el valor del inmueble sea de 0.01 a 327,428.91 el porcentaje es de 60%.
* Cuando el valor del inmueble sea de 327,428.92 a 654,857.83 el porcentaje es de 40%.
* Cuando el valor del inmueble sea de 654,857.83 a 982,286.74 el porcentaje es de 30%.
* Cuando el valor del inmueble sea de 982,286.75 a 1,200,000.85 el porcentaje es de 20%.
* Cuando el valor del inmueble sea de 1,200,000.86 a 1,700,000.00 el porcentaje es de 10%.
Para obtener la condonación, los interesados deberán:
- Acreditar que el inmueble objeto de la operación o acto de que se trate, es de uso habitacional y su valor no excede de $1’700,000.00
- Presentar constancia de participación en la Jornada Notarial 2013.
- Efectuar los pagos a más tardar el 31 de Diciembre del 2013.
- Presentarse en las sedes donde se lleve a cabo la Jornada Notarial.
- Manifestar bajo protesta de decir verdad que durante 2013, no obtuvieron la condonación de contribuciones respecto de otro inmueble.
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