sábado, 8 de diciembre de 2012

DIEZ PUNTOS QUE DEBES CONSIDERAR AL TRAMITAR EL AVALÚO PARA EJERCER TU CRÉDITO FOVISSSTE

 
 
El AVALÚO es un documento necesario para tramitar tu crédito, pues la información contenida en él se utiliza para determinar el valor de la operación de crédito y le permite a la institución donde se tramita, conocer el valor de la garantía.
 
Es un documento elaborado por un valuador profesional que contiene un informe detallado sobre el valor de un inmueble, así como de su título de propiedad, ubicación, tamaño, calidad de construcción y vida útil de la edificación que se desea comprar, construir, ampliar, reparar o mejorar. El valor está dado en moneda nacional y está referido a una fecha específica tomando en cuenta las condiciones y superficie de la vivienda así como la zona que le rodea. Para que el avalúo sirva para ejercer tu crédito FOVISSSTE debe elaborarse y apegarse a la normativa establecida por la Sociedad Hipotecaria Federal.
 
Para que un avalúo pueda servirte para ejercer tu crédito FOVISSSTE debes atender los siguientes DIEZ puntos:
 
1.- Acudir con un Valuador y una Unidad de Valuación con autorización vigente emitida por la Sociedad Hipotecaria Federal.
 
2.- El Valuador y la Unidad de Valuación deben encontrarse registradas ante el FOVISSSTE.
 
3.- Debes entregar al Valuador copia de la Boleta Predial, Boleta de Agua y del Testimonio de Propiedad (Escritura).
 
4.- El avalúo debe indicar que el proceso de construcción se encuentra terminado, es decir que el inmueble está totalmente construido.
 
5.- Debe indicar la vida útil remanente que tiene la vivienda, para que una vivienda pueda ser aceptada para adquirirse con un crédito FOVISSSTE debe tener una vida útil de cuando menos 30 años.
 
6.- El avalúo tiene una vigencia de 6 meses después de haberse elaborado.
 
7.- El avalúo debe mencionar la Clave Única de Vivienda (CUV) que corresponde al inmueble.
 
8.- El avalúo debe estar impreso en original.
 
9.- Todas las hojas del avalúo deben estar selladas por la Unidad de Valuación y rubricadas en tinta azul por el valuador.
 
10.- El avalúo debe estar firmado en tinta azul en las hojas de conclusión y resumen.

Seguir los anteriores puntos podrán ayudarte en el cumplimiento de los requerimientos exigidos por el FOVISSTE para que tu crédito sea otorgado de manera más rápida, recuerda que el tiempo es limitado.

jueves, 29 de noviembre de 2012

¿CÓMO PUEDO REALIZAR UNA CORRECCIÓN EN MI NOMBRE?


Quien no ha escuchado de sus padres y abuelos que su nombre se encuentre escrito de manera distinta en los documentos oficiales que han ido tramitando a lo largo de su vida, de tal forma que puede pensarse que se trata de personas distintas, es una situación muy común, tal es el caso de la señora María Teresa Hernández Hernández, llamada de esa forma de acuerdo a su credencial de elector, sin embargo en el acta de nacimiento su nombre aparece como Ma. Teresa Hernández Hernández, en su acta de matrimonio es Teresa Hernández Hernández y por último, como si fuera poco, en la escritura de su casa se llama Teresa Hernández de López, después de esto podemos concluir que la señora tiene cinco nombres distintos o un grave problema de personalidad. Esto había sido una situación chusca hasta este momento que tiene la necesidad de tramitar su pasaporte por que desea visitar a su hijo que vive en California y se lo han negado por la multiplicidad de nombres que utiliza en su documentación. Debemos considerar que este “reburujo” como dicen mis amigos Zacatecanos, no solamente afecta la autorización de un pasaporte sino puede impedir la adjudicación de sus bienes y con ello obstaculizar el cumplimiento de su testamento.
Afortunadamente para estos casos existen dos vías de solución de las que podemos elegir entre una larga y otra corta. La vía larga consiste en interponer un Juicio de Jurisdicción Voluntaria para realizar la corrección del nombre en los diversos documentos, el cual culminará con una sentencia que permita realizar los cambios; también existe la opción de interponer una corrección administrativa ante el Registro Civil, el problema es que la corrección únicamente se aplicará al acta de nacimiento y no al resto de los documentos. Este trámite suele tardar varias semanas o incluso meses de acuerdo a las solicitudes de documentación y carga de trabajo del juzgado que conozca del asunto.
La vía corta es la comparecencia de la persona interesada ante un Notario Público que certifique que a pesar del uso de distintos nombres en su documentación oficial, se trata de la misma persona, es requisito indispensable presentar dos testigos. Es más corto por que el Notario expide el testimonio de certificación en tan solo unos días, sin embargo es un trámite más costoso. Cabe señalar que se puede llevar ante Notario Público la corrección del nombre de una persona fallecida por parte de sus herederos o hijos, la desventaja es que no todas las autoridades la aceptan por el hecho de haberse tramitado posterior a la muerte, de tal manera es mejor ser previsor y realizarlo en vida.
Por último concluimos que para evitar cualquier problema de este tipo, es mejor escribir y señalar el nombre completo tal y como aparece en el acta de nacimiento.

domingo, 25 de noviembre de 2012

DIEZ COSAS QUE DEBES CONSIDERAR ANTES DE COMPRAR UN INMUEBLE



Comprar un inmueble no es cosa fácil, tampoco es algo que se concreta de la noche a la mañana, es necesario invertir tiempo y tener suficiente paciencia. Antes de tomar la decisión de involucrarte jurídicamente en la adquisición de alguna propiedad de tipo "habitacional", debes observar los siguientes diez puntos:
 
1. El tamaño total en metros cuadrados del inmueble. 
2. Divisiones y proporciones de cada habitación o espacio.
3. La edad de la construcción y su estado estructural, por ejemplo: si existen grietas, detalles de las ventanas, puertas, plafones, pisos, baños, etc.
4. Transporte público en la zona y vías de acceso a la calle donde se ubica el inmueble, así como el tiempo de traslado del inmueble al lugar de trabajo y viceversa.
5. La calidad del agua potable que se suministra al inmueble.
6. Si existen filtraciones de los pisos superiores, principalmente en el área del baño. Hay ocasiones que en los pisos superiores no se instalan bien las tuberías de desagüe en inodoros, lavamanos y ducha, resultando filtraciones de agua en el techo.
7. La dirección del sol y cómo penetra la luz en los espacios del inmueble, es decir, la cantidad de iluminación que existe.
8. Observar como es el ambiente nocturno, para valorar detalles como: la iluminación de la calle y al interior del inmueble, el nivel de ruido y seguridad que existen, así como el ambiente mismo en horas de la noche.
9. Checar el nivel de inclinación de las calles, para evaluar si en caso de lluvia la entrada o el estacionamiento pueden sufrir inundaciones.
10. Es importante tomar opinión de una segunda persona, recuerda que dos cabezas piensan mejor que una.
 
Si los anteriores parámetros son aceptables entonces ya es hora de empezar con las negociaciones para su compra y solicitar la documentación correspondiente.

sábado, 24 de noviembre de 2012

¿POR QUÉ CREAR ESTE BLOG?


A lo largo de casi 10 años de experiencia profesional he visto y vivido en carne propia el angustiante penar de muchas personas, las cuales al momento de comprar o vender una casa, departamento o terreno se enfrentan a la siguiente interrogante: ¿De qué forma aseguro que la operación de compra (o de venta en su caso) se realice con éxito y sin problemas? La respuesta inmediata de muchos de ustedes es acudir con un Notario Público para que revise y supervise que la operación llegue a feliz término, sin embargo, debemos considerar por lo menos estos cinco aspectos:
1. Los altos costos por asesoría y trámite de los Notarios.
2. Falta de empatía y conocimiento de los abogados que proporcionan asesorías dentro de los despachos Notariales.
3. La excesiva carga de trabajo que tienen las Notarías, lo que ocasiona que el servicio sea muy deficiente y que no sean resueltas por completo las dudas de los interesados.
4. Incapacidad por desconocimiento para verificar que sea correcto el importe de los impuestos cobrados por la Notaría y que las reducciones que prevén las leyes respetivas sean aplicadas.
5. Incapacidad para discernir que se estén contemplando todos los beneficios existentes en las disposiciones legales, para que el costo de escrituración sea lo más económico posible.
Todo lo anterior por lo que respecta al tema de las operaciones de compraventa, pero ¿Qué sucede cuando se trata de un intestado, de una donación, de un divorcio o de una herencia? La situación tiende a complicarse mucho mas, empezando por el hecho de elegir a un buen abogado que nos represente y asesore.
De tal suerte decidí escribir este blog y compartir con ustedes el poco conocimiento que tengo y la experiencia acumulada después de haber trabajado dentro de varias Notarías en el Distrito Federal y el Estado de México en las materias inmobiliaria, familiar y corporativa, de igual manera les comparto apuntes y material estudiado para dichas materias. Deseo que esto sea de mucha utilidad para mis amigos abogados (no estamos obligados a saberlo todo) y para aquellos que por acción o excepción tengan que consultar un abogado civil o corporativo. Gracias por visitar mi blog.